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«Y SE MARCHÓ…» ¿Cuáles son los trámites que dejarán de estar anclados al petro?

La indexación de esta criptomoneda implicó un incremento considerables en las gestiones legales mercantiles y civiles.

Tras seis años de su creación, la criptomoneda petro cesó sus operaciones. En ese sentido, la moneda digital, regulada por la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip), ya no será la unidad de cuenta para el pago de trámites.

En 2022, el petro se convirtió en la moneda utilizada para calcular el pago de aranceles de los trámites legales en los registros, notarías y otras instituciones públicas, tanto mercantiles como civiles. La aplicación de la criptomoneda como referencia quedó asentada en Gaceta Oficial (G.O.) N° 6.668.

Valor del petro:
60 dólares, equivalente a 1.446,25 bolívares.

La indexación del petro implicó un incremento considerable de todas las gestiones: desde sacar una copia hasta registrar una empresa. Hasta el momento, el régimen de Nicolás Maduro no ha brindado detalles respecto a cuál será la unidad de cuenta desde ahora.

El equipo de El Diario elaboró una lista de los trámites que dejarán de estar anclados al petro.

Registros y notarías

Desde que se indexó el petro, los montos reflejados para cualquier operación se debía pagar en bolívares equivalentes al valor del petro a la fecha de la solicitud. Estos son algunos de los trámites que ya no estarán anclados a la criptomoneda:

-Certificación de documentos.

-Compra y venta de inmuebles.

-Copias simples de los documentos inscritos.

-Legalización de firmas.

-Transcripción de un documento manuscrito al sistema computarizado o por su digitalización.

-Sellado de libros.

-La inscripción de testamentos abiertos o cerrados.

-Los títulos o certificados académicos, científicos, eclesiásticos y los despachos militares.

-Autorizaciones de niñas, niños o adolescentes para viajar.

-Inscripción de demandas y poderes, así como la sustitución, renuncia y revocatorias de los mismos en materia laboral.

-Designación de tutores, curadores o consejeros de tutela.

Otros servicios que ya no estarán anclados al petro

-Registro de una marca, patente o derecho de autor ante el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI).

-Legalización y apostilla vía electrónica (El Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores).

-Emisión y renovación de pasaporte (Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería).

-Acuerdo de Armonización Tributaria Municipal.

-Solicitudes y trámites del Instituto Nacional de Canalizaciones (INC).

-Las tarifas por servicios prestados por el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA).

-Las tarifas por servicios prestados por Bolivariana de Puertos (Bolipuertos S.A)

-Los trámites, derechos aeronáuticos y servicios prestados por el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC).

Unidad de cuenta

A pesar de la indexación del petro a los trámites, su uso en el país como criptomoneda fue escaso, debido a que se utilizó mayormente como una referencia de valor en medio de la inflación.

Para el pago de documentos, las personas pagaban la equivalencia en bolívares de la cantidad establecida para el trámite.

En la Plataforma Patria, los usuarios que recibían transferencias en petros podían canjearlos a bolívares a través de un sistema de subastas, la única forma disponible para hacer el cambio.

Aunque en una ocasión Nicolás Maduro mencionó que anclaría los sueldos a la criptomoneda, ese plan nunca se llevó a cabo y el salario mínimo continúa en 130 bolívares

La indexación del petro fue una violación 

En junio de 2022, la organización no gubernamental (ONG) Acceso a la Justicia calificó el uso del petro para estos trámites como un “golpe al bolsillo de los venezolanos”. Esto debido al aumento significativo del pago de las tasas para procesar los distintos trámites que se efectúen en los registros y notarías.

Además, sostuvo que esa ley no fue consultada con la ciudadanía por la Asamblea Nacional oficialista, cuando la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en el artículo 211 que el acto de sancionar leyes debe consultarse con la ciudadanía y contar con su participación.

LB/Agencias